El hospital de caridad sabemos que
existió en Cehegín casi con seguridad desde al menos, el siglo XV, pero las
referencias documentales que tenemos ya son del siglo XVI. Al parecer, al menos
desde la construcción de la ermita de la Concepción estuvo junto a ella, y por ello es muy
probable que las obras de que se habla en las actas capitulares de 1532 sean,
precisamente las de la construcción en el nuevo emplazamiento, junto a dicha
ermita, aunque también es muy probable que el hospital de caridad estuviese en
ese mismo lugar antes que el edificio de la Concepción.
Acta capitular referente al sueldo de Mari Gutiérrez, hospitalera. Año 1532. Archivo Municipal de Cehegín
Sea
como fuere, el espacio era apropiado para la mentalidad de la época, ya que estaba
extramuros de la villa, con lo que se evitaba la propagación de enfermedades (la
idea de que los vientos arrastraban y se llevaban a otro lugar los efluvios que
soltaban los enfermos) aunque ya comenzaba a edificarse un pequeño arrabal casi
allí mismo. En estos años la hospitalera era Mari Gutiérrez, de quién hablamos
en alguna entrada anterior, hace un par de años, y que cobraba 750 maravedíes
al año por cuidar de los enfermos, darles de comer, lavarlos, limpiar y, mantener
en orden el edificio, y además cumplir con las órdenes del médico cuando le
solicitase algo.
Aquí dejo al lector trascripción
del documento de 1532, acta capitular, que figura en la imagen de la fotografía.
“Libramiento de la ospitalera.
En la villa de Cehegín, en veinte
e ocho días del mes de diciembre de mil e quinientos e treinta e dos años, esta
día los honrados señores Juan Carreño,
alcalde, e Pero Rodríguez, e Bartolomé Sánchez, e Martín García, e Cristóbal
Ciller, e Bernaldos de Quirós, e Gonzalo de Valverde, regidores, e Juan de
Carmona, e Nofre de Xea, jurados, todos ofiçiales del Concejo de la dicha villa, en presençia
de mi, Diego d´Espín, escribano de su ayuntamiento. Sus mercedes mandaron librar
e libraron a Mari Gutiérrez, hospitalera, seteçientos e çinquenta maravedíes
que se le deben de su salario por tener cargo de dicho ospital, como tiene por
este presente año. E mandaron dar su mandamiento para el mayordomo del dicho
Concejo para que se los de e pague e tome
de su carta de pago, para que le sean resçebidos en cuenta. Fecha ut
supra.
Pero Rodríguez. Bernaldos de Quirós”
Acta capitular relativa al sueldo
de la hospitalera. 8 de diciembre de 1532. Archivo Municipal de Cehegín.
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